Culiacán, Sinaloa.– Por unanimidad, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes reformas al Código Penal estatal para tipificar como delito la colocación, fabricación y distribución de objetos conocidos como “ponchallantas”, con penas que van de tres hasta diez años de prisión.
Con 37 votos a favor, las y los diputados de la 65 Legislatura avalaron la adición del artículo 264 Bis, el cual establece sanciones para quienes coloquen en la vía pública objetos punzocortantes que obstaculicen el tránsito vehicular, como estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas u otros artefactos similares fabricados en acero o materiales afines.
Además de la pena de prisión, la reforma contempla multas de 100 a 500 días, así como el decomiso de los objetos utilizados.
El nuevo artículo también sanciona con la misma severidad a quienes fabriquen, comercialicen o faciliten este tipo de artefactos con el fin de causar daño o interrumpir el libre tránsito.
Se considera como vía de comunicación a calles, bulevares, carreteras, autopistas, libramientos, caminos, veredas y cualquier otra ruta utilizada para el tránsito vehicular.
Las penas aumentarán hasta en una mitad cuando en la comisión del delito participen menores de edad, o cuando el responsable sea —o haya sido en los cinco años anteriores— servidor público.
Esta reforma fue impulsada a través de dos iniciativas: una presentada por el Grupo Parlamentario de Morena y otra por los ciudadanos José Luis Ricardo López Enríquez, Luis Rosales Zagal, Francisco Villarreal Gastélum y Juan Bautista Lugo Corrales.
Con esta medida, el Congreso de Sinaloa busca frenar una práctica que ha sido utilizada recurrentemente en hechos delictivos y que pone en riesgo la seguridad de quienes transitan por las vías del estado.