Culiacán, Sinaloa.— El Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura al dictamen de la Comisión de Justicia que propone adicionar el artículo 264 Bis al Código Penal estatal, con el fin de tipificar como delito el uso de objetos conocidos como “ponchallantas”.
De acuerdo con el dictamen, se impondrán penas de tres a diez años de prisión, así como multas de 100 a 500 días, a quienes coloquen o arrojen objetos punzocortantes en vías de comunicación para obstaculizar el tránsito vehicular. Entre estos artefactos se incluyen estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas u otros similares elaborados con acero u otros materiales, comúnmente conocidos como “ponchallantas”.
La misma sanción aplicará a quienes fabriquen, distribuyan, comercialicen o faciliten la obtención de estos objetos con la intención de bloquear el paso vehicular o causar daño a terceros.
El dictamen también establece que se considerarán vías de comunicación todas aquellas de uso común como calles, avenidas, bulevares, caminos, veredas, carreteras, autopistas y libramientos.
Además, las penas podrán aumentarse hasta en una mitad cuando se utilicen menores de edad para cometer el delito, o si el responsable es servidor público, o lo haya sido en los cinco años previos a la comisión del hecho.
La propuesta fue construida a partir de dos iniciativas: una presentada por el grupo parlamentario de Morena, y otra promovida por los ciudadanos José Luis Ricardo López Enríquez, Luis Rosales Zagal, Francisco Villarreal Gastélum y Juan Bautista Lugo Corrales.
El dictamen fue turnado para una segunda lectura, donde será discutido y, en su caso, aprobado