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Por marea roja, la Coepriss declara veda sanitaria en la bahía de Altata Norte – NovaRadio | NOTICIAS

Por Redacción
30 noviembre 2022
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Por marea roja, la Coepriss declara veda sanitaria en la bahía de Altata Norte – NovaRadio | NOTICIAS
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Llaman a la población a evitar el consumo de moluscos de concha de las comunidades de Altata, Tetuán Nuevo, Tetuán Viejo, Aguilillas y Avándaro.

Navolato, Sin.- La Secretaría de Salud, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de Sinaloa (Coepriss), declaró veda sanitaria en la Bahía de Altata Norte, debido a la presencia de marea roja en este lugar, por lo que se exhorta a la población evitar el consumo de moluscos bivalvos.

Mediante un comunicado de riesgos, el organismo expuso que lo anterior se establece en base a los resultados de los análisis de laboratorio emitidos por la Comisión de Control Analítico y Ampliación de Cobertura (CCAyAC), de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), practicados a moluscos bivalvos, como ostión, almeja, mejillón, pata de mula, callo de hacha, y caracoles.

“(Los resultados del CCAyAC) nos indican que estos se encuentran por encima de los niveles máximos permisibles de biotoxinas marinas, motivo por el cual, el consumo de moluscos bivalvos extraídos de la zona arriba señalada, constituyen un riesgo para la salud de la población. Por tal motivo, se establece la veda sanitaria temporal, para la extracción, distribución, comercialización y consumo de estos productos provenientes exclusivamente de la zona anteriormente mencionada, a partir del 29 de noviembre del presente año”, añade el texto.

En el documento, dirigido principalmente a expendedores, restaurantes y comercializadores de moluscos bivalvos a pobladores y visitantes de los campos pesqueros de Altata, Tetuán Nuevo, Tetuán Viejo, Aguilillas y Avándaro, además de insistir en evitar el consumo de dicho producto, se indica que, en caso de presentar algún síntoma de intoxicación favor de no auto medicarse, acudir al centro de salud más cercano.

Cabe señalar que esta prohibición, de carácter temporal precautorio, no aplica para productos como pescados, jaibas, camarón o langosta y que, para poder levantar la medida, se requiere tener tres muestras consecutivas dentro de Norma Oficial Mexicana 242-SSA1-2009, las cuales serán enviadas a la Cuidad de México conforme al programa que establezca la CCAyAC.

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