El Séptimo Juzgado de Distrito con sede en Los Mochis resolvió concluir el juicio de amparo 215/2025 interpuesto contra la autorización ambiental de la planta de fertilizantes en Topolobampo, al considerar que los argumentos centrales ya habían sido resueltos por el Poder Judicial en litigios anteriores.
La determinación judicial señala que no era procedente volver a analizar cuestiones relacionadas con la consulta indígena, el consentimiento previo, libre e informado y las presuntas afectaciones ambientales, debido a la existencia de resoluciones firmes sobre esos temas.
Los antecedentes del caso muestran que dichas cuestiones fueron discutidas previamente dentro de otro juicio de amparo y posteriormente revisadas por un Tribunal Colegiado de Circuito, que confirmó la validez jurídica de las actuaciones correspondientes.
Durante esa revisión se estableció que la consulta indígena desarrollada para el proyecto cumplió con los criterios fijados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no se acreditaron afectaciones ambientales que ameritaran cancelar la autorización.

Por ello, el juzgado determinó concluir el nuevo procedimiento y mantener vigente el permiso ambiental otorgado por Semarnat para la construcción del complejo industrial.
La planta proyecta una capacidad de producción de 800 mil toneladas anuales y forma parte de una inversión considerada entre las más relevantes del sector petroquímico y de fertilizantes en el país.



