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Ojo: Si te falta actualizar este requisito en el SAT podrían multarte con hasta 2mdp

Por Redacción
13 marzo 2023
2 Leer Min
Ojo: Si te falta actualizar este requisito en el SAT podrían multarte con hasta 2mdp
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El requisito es de suma importancia y si careces de él al momento que el SAT lo solicite, serías multado de manera importante

Conocer a detalle todo lo que rodea al Servicio de Administración Tributaria (SAT) es valioso, sobre todo porque se trata de un ente que, así como solicita trámites y documentos, también puede interponer multas.

Castigos económicos lanzados por el SAT, son múltiples, pero existe uno que genera máximo temor, ya que se trata de una sanción que podría llegar a los dos millones de pesos.

¿Cuál es la multa de dos millones de pesos que puede lanzar el SAT?

El SAT puede multar hasta con dos millones de pesos a  las personas morales, las fiduciarias, los fideicomitentes o fideicomisarios que no tengan la información actualizada de sus beneficiarios controladores.

Esta información puede ser solicitada en cualquier momento por el Servicio de Administración, y da 15 días hábiles para recibir este dato.

Con la intención de que tengas muy en claro lo que esto significa, es importante aclarar que un beneficiario controlador es una persona o grupo de personas físicas, quienes se benefician por su participación en una persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

¿Qué consecuencias podrían tener aquellas empresas que no presenten este requisito?

Estos son los castigos que aplica el SAT a las empresas o fideicomisos que no actualicen la información de sus beneficiarios.

Multas que van desde 500 mil pesos hasta 2 millones de pesos por cada beneficiario controlador.

La Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales se emitirá en sentido negativo.

Hasta tres años de prisión si se reporta información de manera inadecuada, ya que esto es un delito penal.

De acuerdo con el artículo 32-B Ter del Código Fiscal de la Federación, esta multa también podría ser dirigida a las partes contratantes o integrantes de figuras jurídicas, así que la recomendación es tener la información vigente al respecto de los beneficiarios controladores para cuando llegue el momento de presentarla. 

Fuente: Excélsior

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